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Sociedad

Cuestionan el uso del concepto de "daño al proyecto de vida" en litigios corporativos

El caso entre Fancesa y Soboce en Bolivia pone en jaque la interpretación del "daño al proyecto de vida" al intentar aplicarlo a una empresa, algo que podría afectar la seguridad jurídica.

Mónica Arancibia · 14 Sep 2026 · 3 min de lectura

La historia de la profesora María Elena Loayza, quien vivió en una cárcel durante los años noventa, es un triste recordatorio de cómo se puede truncar una vida. Para abordar el impacto de este tipo de traumas, la Corte Interamericana de Derechos Humanos introdujo la figura del "daño al proyecto de vida", diseñada para compensar la pérdida de libertad y oportunidades humanas. Sin embargo, en un sorprendente giro, un tribunal boliviano está considerando aplicar este concepto a un conflicto entre dos empresas: Fancesa y Soboce.

El "daño al proyecto de vida" fue propuesto por el abogado peruano Carlos Fernández Sessarego y se refiere a la pérdida irreversible de las metas y aspiraciones de una persona. Su uso está destinado a compensar daños que afectan la existencia de un individuo, no de una entidad jurídica. Por lo tanto, resulta absurdo intentar otorgarle este tipo de indemnización a una empresa, que carece de capacidades humanas y un sentido de vida.

La CIDH no ha reconocido jamás que este concepto se aplique a las corporaciones, ya que estas son meras ficciones legales sin emociones ni aspiraciones. Además, la ley boliviana no contempla un concepto similar en su Código Civil, lo que significa que no hay base legal para exigir compensaciones bajo esta figura. Ante esta complejidad, el Tribunal Supremo ha intentado justificar su decisión afirmando que el término usado fue un error, argumentando que se referían en realidad a un daño reputacional.

Al cambiar la denominación del daño sin modificar la condena económica, se crea una incoherencia legal. La

No se trata solo de cambiar el nombre del daño; el daño al proyecto de vida y el daño reputacional son conceptos que requieren diferentes pruebas y cálculos. Si el tipo de daño varía, también debe hacerlo la forma en que se mide y se justifica, garantizando que la parte demandada tenga el derecho a defenderse adecuadamente. En un Estado de derecho, la justicia debería basarse en normas claras y no en interpretaciones flexibles que pueden llevar a la arbitrariedad.

Permitir que se alteren los conceptos legales para sostener una condena financiera inadecuada puede socavar la seguridad jurídica en el país. Sin reglas claras, la inversión y el crecimiento económico se ven amenazados, ya que ningún inversionista querrá operar en un entorno donde las normas cambian arbitrariamente. En conclusión, otorgar un "proyecto de vida" a una corporación desvirtúa su naturaleza y debilita la protección destinada a los seres humanos.