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Política

Posibles cambios en la Ley del Ministerio Público: lo que trae el nuevo artículo 25

La Asamblea está considerando modificar el artículo 25 de la Ley Orgánica 260, lo que permitiría cesar al Fiscal General por imputaciones y nombrar un reemplazo de inmediato.

Ingrid Miranda · 2 Oct 2026 · 2 min de lectura

La Asamblea Legislativa Plurinacional de Bolivia ha aprobado en su comisión del Senado una modificación al artículo 25 de la Ley Orgánica 260. Este cambio permitirá que el Fiscal General del Estado pueda ser cesado por una simple imputación formal o por una medida cautelar, con la posibilidad de nombrar a un nuevo fiscal en la misma sesión.

La nueva redacción del artículo establece que la suspensión del Fiscal General se realizará de manera inmediata si se encuentra formalmente imputado por delitos graves. Para que esto ocurra, se requerirá el voto de dos tercios de los asambleístas presentes en la sesión ordinaria.

Además, en la misma sesión donde se decida la suspensión, se designará a un Fiscal General Interino que asumirá las funciones hasta que se designe a un nuevo Fiscal General, de acuerdo a lo estipulado en la Constitución.

El Fiscal General Interino deberá cumplir con los requisitos establecidos en el párrafo 2 del artículo 227 y tendrá como principal tarea desmantelar cualquier estructura criminal relacionada con el proceso de suspensión. Este fiscal interino actuará con plenas funciones y deberá seguir principios de legalidad y respeto al debido proceso.

El artículo 25 previamente indicaba que, en caso de ausencia o impedimento, el Fiscal General sería suplido por el Fiscal Departamental de Chuquisaca o, si no estaba disponible, por el fiscal que correspondiera según un orden de prelación. Esta modificación busca agilizar el proceso ante situaciones críticas en el Ministerio Público.