La justicia favorece a exministros por los sucesos de octubre de 2003
La Sala Constitucional del Tribunal de Cochabamba anuló parcialmente el juicio de 2009 contra Carlos Sánchez Berzaín y Mirtha Quevedo, culpables de la revuelta que dejó 68 muertos.
El 12 de agosto de 2026, la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba decidió anular parcialmente el auto de apertura de juicio de 2009 en contra de Carlos Sánchez Berzaín y Mirtha Quevedo, quienes fueron ministros durante la administración de Gonzalo Sánchez de Lozada, en relación a los hechos de octubre de 2003.
La Resolución Constitucional 007/2026 establece que se deja sin efecto el auto de apertura de juicio emitido el 25 de marzo de 2009, así como el auto supremo de 18 de mayo de 2009, específicamente en lo que concierne a Quevedo y Sánchez Berzaín.
El fallo también elimina las restricciones a los derechos fundamentales de ambos exministros, así como las órdenes de aprehensión que existían en su contra como consecuencia del proceso penal en cuestión.
La Sala Constitucional ordenó que esta resolución sea comunicada a instituciones como el Ministerio de Gobierno y las oficinas de Interpol para su debida ejecución.
Los magistrados resaltaron que el proceso judicial contra Sánchez Berzaín y Quevedo había vulnerado su derecho al debido proceso, evidenciando irregularidades y falta de control jurisdiccional en la causa.
En el caso de 2009, se incluyen a un total de 17 personas acusadas por la revuelta de octubre de 2003, que resultó en 68 fallecidos y más de 400 heridos, en el marco de lo que se conoce como la 'guerra del gas', lo que llevó a la caída del expresidente Sánchez de Lozada.